sábado, 21 de febrero de 2009

MAPA DE ZONAS DE INFLUENCIA DE MAIRENA DEL ALJARAFE

NUEVA REORDENACIÓN DE LAS ZONAS DE ESCOLARIZACIÓN
La nueva reordenación de las zonas de escolarización elimina las subzonas en la misma área. La medida no aumenta el número de zonas, sino el área de influencia de los colegios. Antes cada centro tenía una zona de influencia, y ahora la zona de influencia comprende al menos dos centros públicos y uno concertado. Este cambio es debido a la adaptación que se ha tenido que hacer a la nueva normativa de la L.O.E. que obliga a ofertar en cada zona de influencia al menos un centro público (C.E.I.P.) y un centro concertado (C.C.)

SEVILLA, 5 Feb.
El Consejo Escolar Provincial ha aprobado hoy la nueva reordenación de las zonas de escolarización de Sevilla capital y una veintena de municipios de la provincia; el nuevo mapa de la zonificación escolar en Sevilla capital, que entrará en vigor para el curso 2009/10, consta de diez zonas o distritos escolares y su principal novedad es la eliminación de las anteriores subzonas de escolarización dentro de la misma área escolar.
El Consejo Escolar, a propuesta de la Delegación Provincial de Educación, evaluará en el mes de mayo los resultados del proceso de escolarización que comenzará el 1 de marzo, según informó Educación en un comunicado.
En lo que respecta a la provincia, también cambiará, con respecto a años anteriores, la nueva zonificación escolar de los municipios de Albaida del Aljarafe, Alcalá de Guadaíra, Arahal, Bollullos de la Mitación, Bormujos, Las Cabezas de San Juan, Castilleja de Guzmán, Coria del Río, Dos Hermanas, Montequinto, Écija, Gelves, Mairena delAljarafe, Morón de la Frontera, Palomares del Río, Pilas, La Puebla de Cazalla, La Puebla del Río, Sanlúcar La Mayor, Tomares y Utrera.
Los nuevos mapas escolares se podrán consultar en los tablones de la Delegación Provincial de Educación desde su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) hasta finales de mayo.
El Consejo Escolar Provincial, presidido por el delegado provincial de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía en Sevilla, José Jaime Mougán, está compuesto por las patronales de enseñanza (Educación y Gestión, FERE y CECE), sindicatos (FETE-UGT,CCOO, USO, FSIE, SADI, ANPE, APIA y Ustea), federaciones de padres ymadres (Fecapa y FAPA), federaciones de alumnos, cooperativas de enseñanza (ACES) y representantes de la administración educativa y de la Diputación.

LAS ZONAS DE INFLUENCIA EN MAIRENA DEL ALJARAFE SON:

ZONA 1:
  • C.E.I.P. Guadalquivir (41009494)
  • C.E.I.P. Lepanto (41601401)
  • C.C. Ciudad Aljarafe (41602600)
  • C.C. Aljarafe (41002611)
ZONA 2:
  • C.E.I.P. El Olivo (41010198)
  • C.E.I.P. Santa Teresa (41002608)
  • C.C. Santa María del Valle (41002621)
ZONA 3
  • C.E.I.P. Los Rosales (41000727)
  • C.E.I.P. Francisco Giner de los Ríos (41008337)
  • C.C. Las Marismas (41602171)
Red de centros docentes
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Mairena Del Aljarafe
El mapa se puede cambiar de tamaño e imprimir.
También puedes enlazar aquí con el PLANO CALLEJERO DE MAIRENA DEL ALJARAFE

CALLEJERO DE LA ZONA DE INFLUENCIA 1

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ZONA DE INFLUENCIA 1

CALLEJERO DE LA ZONA DE INFLUENCIA 2

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ZONA DE INFLUENCIA 2

CALLEJERO DE LA ZONA DE INFLUENCIA 3

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ZONA DE INFLUENCIA 3

ÁREAS DE INFLUENCIA

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Areas de cia

ACREDITACIONES

Acreditación de las situaciones que dan derecho a la obtención de puntos según el baremo (artículos 11 a 15 del Decreto 53/2007).

Para obtener puntuación según los apartados del baremo, es imprescindible que los requisitos se cumplan a fecha 31 de marzo.

4.3.1 Para otorgar puntos por proximidad se tendrá en cuenta:

4.3.1.1 Si es el domicilio familiar el que se alega, se presentará Certificado de Empadronamiento del Ayuntamiento en el que debe constar la unidad familiar completa, padre, madre e hijos. En caso de que uno de los tutores legales resida en otro lugar por razones justificadas (divorcios, separación, funcionarios obligados a empadronarse fuera) éstas deberán acreditarse. No obstante lo anterior, los solicitantes podrán optar, (en sustitución del Certificado de Empadronamiento), por autorizar expresamente la verificación del mismo mediante las transmisiones de datos establecidas para ello.

LEY 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos



Oficina de Empadronamiento del Ayuntamiento de Mairena del Aljarafe

Teléfono: 955768960

Dirección: C/ Nueva, 21

Aquí puede descargarse la SOLICITUD DE ALTA EN EL PADRÓN MUNICIPAL

NOTA: Además el centro, solicitará cuanta documentación complementaria crea necesaria: recibos de luz, agua, gas, informe de vida laboral, contrato de trabajo visado por el INEM, alta en Seguridad Social, nóminas,... etc. Por lo tanto, habrá que entregar también:

RECIBO DE AGUA, LUZ, GAS, ETC.

4.3.1.2 En caso de que los tutores legales vivan en domicilios diferentes, perfectamente justificados, será considerado como domicilio familiar el de aquel con quien conviva el alumno/a.

4.3.1.3 Los trabajadores/as por cuenta ajena acreditarán su lugar de trabajo aportando Certificado expedido por el titular de la empresa o el responsable de personal en el que conste claramente el nombre, cargo, DNI y firma de la persona que lo expide.

4.3.1.4 Los trabajadores por cuenta propia acreditarán su lugar de trabajo bien mediante certificación de Alta en el I.A.E. acompañado de una declaración responsable sobre la vigencia de la misma; bien mediante fotocopia acreditativa de la Licencia de Apertura expedida por el Ayuntamiento, acompañada de declaración responsable del interesado sobre la vigencia de la misma.

NOTA: Además el centro, podrá solicitar cuanta documentación complementaria crea necesaria: informe de vida laboral, contrato de trabajo visado por el INEM, alta en Seguridad Social, nóminas,... etc.

4.3.2 Obtención de puntos por nivel de renta.

4.3.2.1 En caso de que la Agencia Tributaria disponga de datos fiscales correspondientes al ejercicio fiscal de dos años antes del que se presenta la solicitud, no es necesario aportar documentación. Sólo es imprescindible que firmen los tutores legales del alumno/a la autorización para que la Agencia Tributaria (AEAT) suministre a la Consejería de Educación los datos fiscales pertinentes; e indicar el número de miembros de la unidad familiar. La cantidad a tener en cuenta es la casilla de la declaración “suma de la parte general y especial de la base imponible previa a la aplicación del mínimo, personal y familiar” correspondiente al citado ejercicio fiscal.

4.3.2.2 En caso de que la Agencia Tributaria (AEAT) no disponga de la información oportuna, el solicitante deberá aportar certificación de haberes y declaración responsable con las cantidades percibidas por los tutores legales. A efecto de cómputo, se sumarán ambas.

4.3.3 Obtención de puntos por discapacidad.

Los puntos por discapacidad se obtendrán aportando Certificación del Dictamen emitido por el órgano público competente de la Junta de Andalucía, donde conste claramente un grado de discapacidad igual o superior al 33%. Se considerará discapacidad de al menos el 33% del padre o de la madre si tienen resolución de incapacidad permanente, total, parcial o gran invalidez debidamente justificada.



INFORMACIÓN SOBRE EL CERTIFICADO DE DISCAPACIDAD

Centro de Valoración y Orientación de personas con discapacidad

  • Servicio de Valoración de la Dependencia
    • Fax: 955004955
Calle Pagés del Corro, 90

41010 - Sevilla

Tfno: 955 006 000





Centro de Valoración y Orientación de personas con discapacidad

Calle Madre María Dolores Márquez, s/n. Edificio Puerta de Córdoba

41003 - Sevilla

Tfno: 955 004 600

Fax: 955 004 649




4.3.4 Obtención de puntos por pertenencia a familia numerosa

La condición de familia numerosa se acreditará mediante copia autenticada del título oficial de familia numerosa, que deberá estar en vigor; o de la solicitud de reconocimiento o renovación del referido título oficial, debiendo en este último caso, aportar éste o su renovación con anterioridad a la resolución del procedimiento de admisión del alumnado.



INFORMACIÓN SOBRE EL TÍTULO DE FAMILIA NUMEROSA



4.3.5 Obtención de puntos por pertenencia familia monoparental

Se entenderá familia monoparental, coincidiendo con el Art. 2 de la Ley 12/2006 de 27 de diciembre, la formada por el padre o la madre y todos los hijos/as que convivan con uno u otro. En casos de soltero/a o viudo/a, se acreditará con copias autenticadas del Libro de Familia. En caso de separación o divorcio, además, deberá comprobarse con el Certificado de empadronamiento y la correspondiente sentencia, que los niños/as conviven con quien el juez ha concedido la guarda y custodia. En los centros públicos, el Secretario/a autenticará las copias mediante el cotejo con el original, estampando, si procede, la oportuna diligencia de compulsa. En los centros privados concertados se acreditará mediante la presentación del libro de familia original y la entrega de certificados emitidos por el Registro Civil de todas las anotaciones registrales consignadas en el mismo. También se puede aceptar Testimonio Notarial del Libro de Familia.

CRITERIOS DE VALORACIÓN

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Puntuación

Criterios de valoración



4.1.1. Proximidad al domicilio.



1.1.. Dentro del área de influencia: 10 puntos.

1.2.. En las áreas de influencia limítrofes establecidas por el Delegado Provincial. 6 puntos.

1.3.. Otras zonas: 0 puntos.



4.1.2. Hermanos/as en el centro



2.1.. Por hermanos/as escolarizados/as en el centro en niveles

sostenidos con fondos públicos y vayan a continuar el siguiente

curso: 6 puntos por cada uno

2.2.. En caso de partos múltiples cuando tengan la máxima

puntuación por domicilio, siempre que hayan solicitado el

mismo centro, obtendrán 6 puntos cada uno.



4.1.3 Si el padre, madre o tutores son trabajadores del centro: funcionarios,

laborales fijos (dependientes de la Administración Educativa o Local) o

con contrato en el centro educativo (concertados).



Se obtendrá 1 punto.



4.1.4 Nivel de renta.



4.1.4.1 Por renta per cápita inferiores al resultado de dividir el IPREM1

entre 4, se otorgarán 2 puntos

4.1.4.2 Por renta per cápita igual o superior al resultado de dividir el IPREM

entre 4, e inferior al de dividirlo entre 3, se otorgarán 1,5 puntos.

4.1.4.3 Por renta per cápita igual o superior al resultado de dividir el IPREM

entre 3, e inferior al de dividirlo entre 2, se otorgarán 1 punto.

4.1.4.4 Por renta per cápita igual o superior al resultado de dividir el IPREM

entre 2, e inferior al de dividirlo entre 1,5, se otorgarán 0,5 puntos.



4.1.5 Alumno/a padre, madre o hermano/a con discapacidad.



4.1.5.1 Del alumno/a 2 puntos.

4.1.5.2 Del padre o madre 1 punto.

4.1.5.3 De un hermano/a 0,5 puntos.



4.1.6 Por pertenecer, de acuerdo con el artículo 15 Decreto 53/2007, a familia

numerosa, a familia monoparental o a ambas,



se otorgarán 2 puntos.