Criterios de desempate
(artículo 25 del Decreto 53/2007)
Los empates a puntos que se resolverán atendiendo a la mayor puntuación en
los apartados del baremo en el orden que se indica:
4,2,1 Hermanos/as.
4.2.2 Padres trabajadores en el centro.
4,2,3 Domicilio familiar.
4.2.4 Domicilio laboral.
4.2.5 Discapacidad alumno/a.
4.2.6 Discapacidad padre/madre.
4.2.7 Discapacidad en algún hermano o hermana
4.2.8 Nivel de Renta.
IPREM para el año 2007: 6988,80€
4.2.9 Pertenencia del alumno a familia numerosa o familia monoparental.
De persistir el empate, sólo en el caso de los bachilleratos se recurrirá al
expediente académico.
Si después de aplicar todo lo anterior, sigue siendo necesario deshacer el
empate se recurrirá al sorteo, que se realizará conforme a lo dispuesto en el
apartado 3 del artículo 25 de la Orden de 24 de febrero. Este sorteo se
celebrará en todos los centros, aun cuando el número de vacantes sea superior
al de solicitudes presentadas.
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